#PorLaDefensaDeDefensorxs: HABEAS CORPUS EN ECUADOR

En el marco del ejercicio del derecho a la protesta, en los países amazónicos existen numerosas detenciones arbitrarias llevadas a cabo por las fuerzas públicas, tales como aquellas detenciones que se suscitaron por agentes policiales en Ecuador. Frente a ello, desde COICA, a través de su Programa de Defensa de Defensores y Defensoras Indígenas (PDDD), ponemos a disposición un modelo de Hábeas corpus a fin de que sea utilizado por quienes puedan necesitarlo en el marco de detenciones en las calles o en el marco de procesos penales en Ecuador.

Conoce más del Hábeas corpus:

HÁBEAS CORPUS

Es una acción o garantía jurisdiccional constitucional, es decir, es un mecanismo jurídico que puede usar una persona que considere que su detención ha sido ilegal, arbitraria e ilegítima, a fin de recobrar su libertad. También sirve para proteger la vida y la integridad de una persona privada de libertad.

¿Qué pasará con mi acción de habeas corpus?

  1. Persona detenida presenta una demanda de habeas corpus, a nombre propio o a través de una tercera persona (puede ser verbal o escrita).
  2. El habeas corpus puede ser presentando ante cualquier juez o jueza del lugar donde se encuentra detenida la persona. Si la orden fue emitida en un proceso penal, ante una Corte Provincial. Si no se conoce el paradero de la persona detenida, ante cualquier jueza o juez del domicilio de la persona accionante.
  3. El Juez o jueza admite a trámite la demanda y hace un llamado a una Audiencia (a través de un escrito llamado “providencia”).
  4. El Juzgado realiza la citación y notificaciones para el llamamiento a audiencia (de personas y autoridades correspondientes).
  5. Se realiza la Audiencia (dentro de las 24 horas siguientes a la presentación de la demanda):
    1. Se da lectura a la demanda, la providencia y demás documentos relevantes.
    1. La persona detenida y/o quien interpone la demanda hace uso de la palabra.
    1. El director(a) del centro de detención da lectura de su informe de detención; o cualquier autoridad o persona que ha detenido a la persona debe comparecer a explicar las razones de la privación de libertad.
    1. Pueden intervenir amicus curiae o “amigos de la corte” si lo autoriza el juez o jueza, quienes son terceros que pueden opinar o brindar argumentos técnicos y académicos en el proceso para que se resuelva de mejor forma la causa.
    1. El Juez o jueza puede dictar su decisión en esta misma audiencia o de manera posterior, dependiendo de la complejidad o manifiesta ilegalidad.
  6. El Juez o jueza dicta sentencia en la audiencia o dentro de 24 horas de finalizada la misma.

¿Necesitas presentar una demanda de habeas corpus?

En caso hayas sido detenido de manera arbitraria en el Paro nacional de Ecuador, desde COICA, a través de su PDDD, ponemos a disposición un modelo de Habeas corpus a fin de que pueda ser utilizado por quienes puedan necesitarlo.