Acceso a la Información
¿Qué garantiza Escazú?
El Acuerdo garantiza el derecho del público a acceder a la información ambiental que esté en poder, control o custodia del Estado, bajo el principio de máxima publicidad
Los Estados deben generar, recopilar, actualizar y difundir información ambiental de manera sistemática, oportuna, accesible y comprensible, considerando a personas y pueblos en situación de vulnerabilidad
Elementos clave
- Accesibilidad de la información ambiental
- Sistemas de información ambiental
- Alertas tempranas ante riesgos ambientales
- Informes sobre el estado del ambiente
Mecanismos independientes de revisión