Acceso a la Información

¿Qué garantiza Escazú?

El Acuerdo garantiza el derecho del público a acceder a la información ambiental que esté en poder, control o custodia del Estado, bajo el principio de máxima publicidad

Los Estados deben generar, recopilar, actualizar y difundir información ambiental de manera sistemática, oportuna, accesible y comprensible, considerando a personas y pueblos en situación de vulnerabilidad

Elementos clave

  • Accesibilidad de la información ambiental
  • Sistemas de información ambiental
  • Alertas tempranas ante riesgos ambientales
  • Informes sobre el estado del ambiente

Mecanismos independientes de revisión